Código / Orden: M - 3
I. Datos Generales:
Acreedor: O.S.E.C.A.C.
C.U.I.T. Nº: ---- I.G.J. Nº: ----
Dom. Real: García Silva 943 Localidad: Morón
Dom. Constituido: García Silva 943 Localidad: Morón
Profesional Asistente: Dr. Javier Valenzuela Tº VIII Fº 759 CAM
Causa Invocada: falta de pago de aportes y contribuciones al Sistema de Seguridad Social.
Privilegio Invocado: Especial
II. Documentación Presentada:
Elementos Presentados: solicitud de verificación, poder general judicial, certificado de deuda, anexo, acta de inspección, aviso de inspección, requerimiento, nómina de empleados.
III. Antecedentes e Información Obtenida:
Observaciones recibidas: no se recibieron observaciones a la presente insinuación.
Documentación compulsada por la Sindicatura: se procedió a compulsar la documentación presentada por la insinuante y la documentación y libros presentados por la concursada.
IV. Monto:
Monto que Solicita Verificar $ 3.867,22
Especial: $ 3.867,22
Arancel Art. 32: $ 50,00
V. Opinión de la Sindicatura:
Se presenta el Dr. Javier Valenzuela explicando el origen de la deuda, acompañando documentación respaldatoria y calificando su crédito con el privilegio especial.
Esta Sindicatura procedió a examinar las constancias aportadas por el insinuante y las aportadas por la concursada al momento de la presentación en concurso preventivo.
De la compulsa de la documentación surge que la concursada posee una empleada afiliada a la mencionada obra social, que coincide con la denunciada en la presentación. Asimismo coinciden los importes denunciados como adeudados por la insinuante con los informados por la concursada al momento de solicitarle la suscripta la apertura de la deuda denunciada al Régimen Nacional de Obras Sociales, motivo por el cual considero que en cuanto al capital reclamado debe declararse admisible la presente insinuación, considerando que la documentación aportada al momento de presentarse la verificación es suficiente para ello.
Respecto del privilegio solicitado, la ley 24.522 (t.o. y sus modificaciones) reconoce, en su artículo 246 inciso 2, el privilegio general al capital adeudado a los organismos de los sistemas nacionales de seguridad social, en el que las obras sociales se encuentran incluidas.
En cuanto a los intereses, los intereses calculados no superan los importes que corresponderían por aplicación de la tasa activa, motivo por el cual no se procede a su morigeración.
Categoría del Crédito: Quirografario por los intereses
General por el capital
Monto Aconsejado por la Sindicatura:
Capital: $ 3.293,88
Intereses: $ 573,84
Arancel: $ 50,00
Total Aconsejado: $ 3.917,72
Privilegio Quirografario: $ 573,84
General: $ 3.343,88
Período |
Vto. |
Importe |
Interés |
Total |
Nov-00 |
07/12/2000 |
$ 286,90 |
$ 83,20 |
$ 370,10 |
Dic-00 |
07/01/2001 |
$ 425,25 |
$ 110,99 |
$ 536,24 |
Ene-01 |
07/02/2001 |
$ 398,58 |
$ 92,07 |
$ 490,65 |
Feb-01 |
07/03/2001 |
$ 308,53 |
$ 62,63 |
$ 371,16 |
Mar-01 |
07/04/2001 |
$ 319,41 |
$ 54,30 |
$ 373,71 |
Oct-01 |
07/11/2001 |
$ 196,52 |
$ 39,89 |
$ 236,41 |
Período |
Vto. |
Importe |
Interés |
Total |
Nov-01 |
07/12/2001 |
$ 196,52 |
$ 31,83 |
$ 228,35 |
Dic-01 |
07/01/2002 |
$ 298,70 |
$ 42,41 |
$ 341,11 |
Ene-02 |
07/02/2002 |
$ 256,24 |
$ 27,93 |
$ 284,17 |
Feb-02 |
07/03/2002 |
$ 163,25 |
$ 13,22 |
$ 176,47 |
Mar-02 |
07/04/2002 |
$ 223,62 |
$ 11,40 |
$ 235,02 |
Abr-02 |
07/05/2002 |
$ 220,36 |
$ 3,97 |
$ 224,33 |
Total |
|
$ 3.293,88 |
$ 573,84 |
$ 3.867,72 |
Arancel |
|
|
|
$ 50,00 |
Gran Total |
|
$ 3.293,88 |
$ 573,84 |
$ 3.917,72 |
Dictamen:
Por las razones precedentemente expuestas esta Sindicatura entiende, cuando no medió impugnación alguna respecto de la solicitud formulada, debe aconsejar declarar admisible el crédito insinuado por $ 573,84 con carácter de quirografario y por $ 3.343,88 con el privilegio general, al menos en esta etapa, sin perjuicio de los derechos que el Art. 37 de la Ley 24.522 le acuerda al insinuante.