Código / Orden: B - 16
I. Datos Generales:
Acreedor: Marta Schulman
C.U.I.T. Nº: 23-05941159-4 D.N.I. Nº: 5.941.159
Dom. Real: Av. Corrientes 2434, piso 9º of 34 Localidad: Buenos Aires
Dom. Constituido: Casullo 455 Localidad: Morón
Profesional Asistente: no posee Tº - Fº -
Causa Invocada: venta de mercadería
Privilegio Invocado: Quirografario
II. Documentación Presentada:
Elementos Presentados: solicitud de verificación, DNI, facturas.
III. Antecedentes e Información Obtenida:
Observaciones recibidas: no se recibieron observaciones a la presente insinuación.
Documentación compulsada por la Sindicatura: se procedió a compulsar la documentación presentada por la insinuante y la documentación y libros presentados por la concursada.
IV. Monto:
Monto que Solicita Verificar $ 51.827,71 más intereses
Quirografario: $ 51.827,71 más intereses
Arancel Art. 32: $ 50,00
V. Opinión de la Sindicatura:
Se presenta la Sra. Marta Schulman explicando el origen de la deuda, acompañando documentación respaldatoria y calificando su crédito como quirografario.
Esta Sindicatura procedió a examinar las constancias aportadas por el insinuante, las aportadas por la concursada en su impugnación y corroborando los libros contables de la concursada, donde los importes se encuentran registrados a fs. 485, 486, 492, 505, 513, 538 y 542 del Libro de IVA Compras, oportunamente intervenido por el Juzgado.
Habiendo la insinuante acreditado la causa de su crédito, el monto y el privilegio invocado, entiende la suscripta que debe aconsejar declarar admisible la presente solicitud por las consideraciones que a continuación expongo.
La factura 0001-00000165 presentada por la insinuante se encuentra corregida respecto de los totales de la misma y el importe en letras. El duplicado de dicha factura acompañado por la concursada, que no está corregido en sus totales, incluye un descuento de $ 2.470,00, motivo por el cual la suscripta no aconseja el citado importe.
En cuanto a los intereses solicitados cabe destacarse que es pacífica la jurisprudencia que indica que debe utilizarse la tasa bancaria corriente en el lugar de pago, toda vez que cada provincia se rige en cuanto a la tasa aplicable por sus propias instituciones crediticias oficiales, corresponde practicar el cálculo de intereses con la tasa que percibe el Banco de la Provincia de Buenos Aires (Art. 41 inc. 2º ley 24.452 CC0002 SM 37674 RSD – 141 – 95 S 18/5/95, Juez Occhiuzzi (SD) carátula Ferraiulo, Pascual V. c/ Mancuso, Salvador s/Cobro ejecutivo).
Categoría del Crédito: Quirografario
Monto Aconsejado por la Sindicatura:
Capital: $ 48.839,01
Intereses: $ 27.811,43
Arancel: $ 50,00
Total Aconsejado: $ 76.700,44
Privilegio Quirografario: $ 76.700,44
Nº |
Vto. |
Importe |
Interés |
Total |
0001-00000121 |
15/05/2000 |
$ 7.056,72 |
$ 4.414,22 |
$ 11.470,94 |
0001-00000122 |
20/05/2000 |
$ 7.792,40 |
$ 4.880,60 |
$ 12.673,00 |
0001-00000126 |
05/06/2000 |
$ 7.924,30 |
$ 4.445,21 |
$ 12.369,51 |
0001-00000130 |
10/07/2000 |
$ 7.335,60 |
$ 4.307,71 |
$ 11.643,31 |
0001-00000138 |
12/09/2000 |
$ 6.932,09 |
$ 3.926,03 |
$ 10.858,12 |
0001-00000139 |
16/10/2000 |
$ 5.798,72 |
$ 3.186,91 |
$ 8.985,63 |
0001-00000164 |
01/02/2001 |
$ 2.866,49 |
$ 1.267,30 |
$ 4.133,79 |
0001-00000165 |
02/02/2001 |
$ 3.132,69 |
$ 1.383,45 |
$ 4.516,14 |
Total |
|
$ 48.839,01 |
$ 27.811,43 |
$ 76.650,44 |
Nº |
Vto. |
Importe |
Interés |
Total |
Arancel |
|
|
|
$ 50,00 |
Gran Total |
|
$ 48.839,01 |
$ 27.811,43 |
$ 76.700,44 |
Dictamen:
Por las razones precedentemente expuestas esta Sindicatura entiende, cuando no medió impugnación alguna respecto de la solicitud formulada, debe aconsejar declarar admisible el crédito insinuado por $ 76.700,44 con carácter de quirografario.