Acreedor:  EL  PARQUE  HOGAR  S.R.L.C.U.I.T. Nº 30-66396628-2

Dom. Real:  Av. Eva Perón Nº 4784   Localidad:  Temperley  Pcía. Bs. As.

Dom. Constituido: Moreno Nº 872   Localidad:  Quilmes

Profesional Asistente: No posee

Causa Invocada:  Servicio de retiros de residuos

Privilegio Invocado: Quirografario

II. Documentación Presentada:

Elementos Presentado: Solicitud, Acta Constitutiva y Estatuto, Constancia de CUIT, Facturas y Cheque rechazado.

III. Antecedentes e Información Obtenida

Observaciones del Deudor o Acreedores:  No

Monto que solicita Verificar:             $ 59.627,98-

Quirografario:                     $ 59.577,98-

Arancel art.32                      $        50,00-

IV. Opinión de la Sindicatura:

Adjunta solicitud, el socio gerente de la insinuante, explicando el origen de la deuda y documentación acompañada, calificaron su crédito como Quirografario.

Esta sindicatura ha procedido a examinar las constancias aportadas por el peticionante corroborando los registros contables de la concursada, donde las facturas se encuentran registradas a fs. 464, 473 y 493.

            Como consecuencia de los análisis efectuados, se ha podido constatar la legitimidad de la causa invocada como origen del crédito insinuado.

Solicita además la verificación de intereses, no surge de documentación aportada convenio entre las partes para el cobro-pago de intereses.

Categoría del Crédito: Quirografario

Monto aconsejado por la sindicatura:

      Capital          $ 51.425,00-

      Arancel           $        50,00-

Privilegio:

      Quirografario:         $ 51.475,00-

Dictamen:

            La presente insinuación no a merecido observaciones por la parte concursada, intereses no surge pacto entre las partes, la sindicatura no encuentra objeciones al crédito insinuado como capital.

En mi opinión, se aconseja verificar este pedido, por la suma de $51.475,00- (Pesos Cincuenta y un mil cuatrocientos setenta y cinco), de los cuales  $51.425,00- (Pesos Cincuenta y un mil cuatrocientos veinticinco) con carácter de quirografario (art. 248 LCQ) y $ 50,00- (Pesos Cincuenta) como gastos del concurso (art. 240 LCQ).

 

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