Acreedor: MUNICIPALIDAD DE FLORENCIO VARELA
C.U.I.T. Nº No informo
Dom. Real: 25 de Mayo Nº 2725 Localidad: Fcio. Varela – Pcía. Bs. As.
Dom. Constituido: Videla Nº 343 - 10 C Localidad: Quilmes
Profesional Asistente: Dra. Marta Rosa Rivas Tº 20 Fº 332
Causa Invocada: Tasas, Servicios e Impuestos municipales .
Privilegio Invocado: Privilegio General art. 246 inc. 4 Ley 24.522- por el capital reclamado y quirografario por los intereses
II. Documentación Presentada:
Elementos Presentado: Solicitud, Poder, Constancia de Deuda, Convenio, Convenio de Pago, Liquidación de deudas, Legislación y Reglamentación
Observaciones del Deudor o Acreedores: No
Monto que solicita Verificar: $ 46.103,81-
Privilegio General $ 39.112,87-
Quirografario $ 6.940,94
Arancel Art. 32 $ 50,00-
IV. Opinión de la Sindicatura:
Adjunta solicitud, presentada por la apoderada de la Municipalidad de Florencio Varela, explicando el origen de la deuda y documentación acompañada.
Los acreedores calificaron su crédito como Quirografario por los intereses, multas y derechos de oficina y con el Privilegio General establecido en el Art. 246 inc 4 LCQ por el capital reclamado.
Esta sindicatura ha procedido a examinar las constancias aportadas por el peticionante. Como consecuencia de los análisis efectuados, se ha podido constatar la legitimidad de la causa invocada como origen del crédito insinuado.
Sé a presentado la Dra. Marta Rosa Rivas, en carácter de apoderada de la Municipalidad de Florencio Varela, solicitando a esta sindicatura la verificación de un crédito originado en la deuda que la concursada mantiene con el municipio por el inmueble donde desarrolla la actividad comercial cuyos datos catastrales individualiza, formulando un reclamo de $ 46.053,81, con más el arancel.
Analizando la documentación traída al insinuar el crédito por la pretensa acreedora, que fuera individualizada ut supra y que en homenaje a la brevedad se da por íntegramente reproducida en este párrafo, esta sindicatura en esta instancia considera acreditada la causa de la obligación, el monto reclamado y el privilegio invocado.
Categoría del Crédito: Quirografario por los intereses, multas y derechos de oficina y con el Privilegio General establecido en el Art. 246 inc 4 LCQ por el capital reclamado.
Monto aconsejado por la sindicatura:
Capital $ 39.112,87
Arancel $ 50,00
Total $ 46.103,81
Privilegio:
Priv. Gral. Art. 246 inc. 4: $ 39.112,87
Quirografario $ 6.940,94
Gastos del concurso $ 50,00
Dictamen:
La presente insinuación no ha merecido observaciones por la parte concursada y esta Sindicatura no encuentra objeciones al crédito insinuado en cuanto al monto objeto del reclamo.
En consecuencia, se aconseja verificar con el PRIVILEGIO GENERAL DEL ART. 246 INC. 4 el crédito insinuado por la suma de treinta y nueve mil ciento doce pesos con ochenta y siete centavos ($ 39.112, 87), con carácter de QUIROGRAFARIO por el importe de seis mil novecientos cuarenta pesos con noventa y cuatro centavos ($ 6.940,94) y como Gastos del concurso el arancel de cincuenta pesos ($ 50,00).